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Radares en Misiones: como defenderte de multas injustas o mal confeccionadas

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Con el objetivo recaudador algunas provincias instalan radares de velocidad que en algunos casos carecen de autorización oficial o no poseen el mantenimiento necesario para operar. ¿Qué datos hay que tener en cuenta a la hora de efectuar un descargo ante multas que no corresponden?

MISIONES. La Agencia Nacional de Seguridad Vial es la encargada de supervisar los operativos y hacer que se cumpla la normativa vigente. Autoriza y homologa la colocación y el uso de radares sobre rutas nacionales de todo el país, conforme con las leyes 24449 y 26363.

Las provincias y los municipios mantienen potestad para regular en esta materia sobre los corredores provinciales y municipales. Jurisdicciones como las provincias de Buenos Aires, Santa Fe y Córdoba realizan reservas en la materia.

Los radares son sujetos a controles previos a su puesta en funcionamiento (INTI – Secretaría de Comercio interior) como así también a verificaciones anuales que determinan la vigencia de uso, quedando así habilitados para ser utilizados por las jurisdicciones de todo el país tanto de las provincias como de los municipios.

Los fiscalizadores deben ser operados por personal capacitado y matriculado por este organismo.

¿Qué datos debe contener una infracción?

Datos del municipio que realiza la multa.

Fecha en la que fue cometida la presunta infracción (día, hora, mes y año).

Ruta y kilómetro donde fue cometida la presunta infracción.

Velocidad máxima permitida y velocidad a la que circulaba el vehículo infraccionado (en Km/h).

Firma de la autoridad pública interviniente en la infracción.

Datos del radar/cinemómetro utilizado para constatar la presunta infracción (marca, modelo o código de aprobación y N° de serie), incluido el número de Disposición ANSV que autoriza el uso de dicho artefacto.

Datos de contacto del Juzgado de Faltas o Tribunal Administrativo que resulte competente.

Matrícula habilitante del operador del radar (otorgada por ANSV).

Importante: si todos o alguno de estos datos no se encuentran consignados en el acta, o si por algún otro motivo considerás que la infracción es inválida, deberás presentar tu descargo ante el Juzgado de Faltas o Tribunal Administrativo competente.

En caso de duda, podés consultarnos enviándonos un correo electrónico a consultasradares@seguridadvial.gov.ar adjuntando copia de la infracción.

Radares desde el montehttps://www.lavozdemisiones.com/2019/04/25/tras-ser-tildados-de-ilegales-ahora-los-radares-misioneros-facturan-desde-el-monte/

 

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