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Conductores misioneros que manejen alcoholizados serán demorados entre 48 horas y 30 días

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La normativa provincial está vigente hace un mes y se basa en lo que establece el artículo 59 del Código de Faltas de Misiones. La resolución que lleva la firma del ministro de Gobierno de Misiones, Marcelo Pérez impone que

“quien guíe vehículos o animales en estado de ebriedad, haya consumido bebidas alcohólicas u otras sustancias, la pena de arresto de dos a 30 días, no redimible por multa”.

Solamente podrán ser liberados por un juez. Asimismo establece que la Policía instruya a todas las dependencias la responsabilidad de tomar las medidas que tiendan a hacer cesar la conducta de transgresión, asegurando en todo momento la integridad psicofísica del infractor, para lo cual deberá ser trasladado y alojado en la comisaría de la jurisdicción que corresponda, previa constatación del estado clínico del infractor.

La normativa también indica que la situación procesal del imputado detenido, de acuerdo a lo que establece el Código de Faltas de la Provincia, debe ser resuelto por los jueces de Paz dentro de las respectivas jurisdicciones y juez de Paz en lo Contravencional en la ciudad de Posadas.

http://www.lavozdemisiones.com/2017/03/07/eldorado-ahora-los-conductores-alcoholizados-quedaran-demorados-por-48-horas/

 

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