PROVINCIALES
A partir de hoy, colectivos llenos hasta un 60% y con pasajeros parados
La nueva reglamentación exige además los refuerzos mínimos para la prestación del servicio de acuerdo a la demanda los días hábiles.
El decreto provincial 980 publicado ayer en el Boletín Oficial dejó sin efecto la reglamentación anterior que regulaba la prevención epidemiológica en el Sistema Integrado de Transporte Metropolitano.
Así, entre las novedades de la nueva normativa, se determina un aumento en la capacidad de pasajeros que pueden subir a los colectivos, que de ahora en más será del 60%, entre sentados y parados.
Entre otros aspectos, se exigen los refuerzos mínimos para la prestación del servicio de acuerdo a la demanda durante los días hábiles.
La citada modificación se produce “en base a los últimos informes sobre la evolución de la pandemia en el área metropolitana de la Provincia de Misiones”.
Las empresas concesionarias del Sistema Integrado de Transporte Metropolitano adecuarán la frecuencia, los refuerzos y el mínimo de unidades para la prestación del servicio en función de la fluctuación de la demanda en los días hábiles entre las 6 y las 22. Fuera del horario establecido, se mantendrá una prestación de servicio mínima correspondiente a domingos y feriados.
Se transportarán pasajeros sentados por la ocupación total de butacas, y además se permitirá transportar pasajeros parados según las capacidades máximas establecidas.
Quienes viajen parados deberán mirar hacia el lado de la ventanilla correspondiente, evitando quedar cara a cara con otros pasajeros.
Deberán usar tapabocas tanto pasajeros como choferes. Estos últimos estarán autorizados a no permitir el ascenso de aquellos que no los utilicen. En este sentido, se recomienda no utilizar el celular para llamadas e ingerir alimentos y bebidas, evitando así la cercanía y el contacto de las manos con los ojos, nariz y boca.
Hasta el 60%
Para cada unidad durante todo su recorrido se mantendrá una capacidad de ocupación según la capacidad del vehículo.
Así, el vehículo convencional, es decir, unidades con capacidad máxima de 90 pasajeros podrán transportar un máximo de 54 pasajeros entre sentados y parados.
Para unidades con capacidad máxima de 100 pasajeros podrán transportar un máximo de 60 pasajeros entre sentados y parados.
Además, en los vehículos articulados, conocidos popularmente como “gusanos”, con capacidad máxima de 160 pasajeros podrán transportar un máximo de 100 pasajeros entre sentados y parados.
Aquellas unidades que no encuadran en los vehículos mencionados, deberán circular con el 60% de su capacidad máxima de pasajeros entre sentados y parados.
Asimismo, al completar la cantidad máxima por unidad, las puertas se cerrarán y la unidad partirá. A medida que los pasajeros desciendan y se genere espacio dentro, se permitirá el ascenso de nuevos pasajeros hasta completar los límites fijados.
Foto: El Territorio
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