POLÍTICA

Passalacqua violó la Ley Electoral con el bono para empleados y la rebaja del gasoil

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Las dos medidas se encuadran en las restricciones del Código Electoral Nacional. En especial, en el artículo 64 quáter que prohíbe anuncios de alcance colectivo desde quince días antes de los comicios. Pero nadie dijo nada.

POSADAS. El gobernador Hugo Passalacqua incurrió en flagrantes violaciones del Código Electoral Nacional al lanzar el descuento en la compra de gasoil y un bono de 7.500 pesos para los empleados públicos, aunque no se conocieron reacciones al respecto.

En los dos casos la actitud del mandatario quedó encuadrada en los alcances de la ley 19.945, cuyo artículo 64 quáter establece que mientas dure la campaña proselitista, no está permitido inaugurar obras, lanzar planes, proyectos o programas de alcance colectivo.

El programa “Ahora gasoil” que se puso en marcha el miércoles pasado, instauró un descuento del 5 por ciento por vehículo y por mes, con excepción del tipo sedan, en la compra del combustible mencionado mediante una tarjeta especial.

Dicho beneficio está destinado a personas humanas y jurídicas radicadas en Misiones que tengan camiones, camionetas, furgones, ómnibus, utilitarios y tractores, que podrán acceder al descuento de hasta 1.500 pesos por vehículo.

En la misma línea, el gobernador anunció este viernes un denominado “Bono Primavera” de 7.500 pesos, pagadero en tres cuotas iguales y consecutivas de 2.500 pesos el 12/9, 12/10 y 12/11 de este año, respectivamente.

El Bono está destinado a los empleados activos, de planta permanente y contratados con relación de dependencia, y pasivos de la administración pública provincial, excluidos el gobernador, vicegobernador, ministros y presidentes de entes descentralizados.

En ninguno de los casos hubo objeciones a los alcances sociales de la medida, en cambio sí quedó en evidencia al contrastar el momento de los anuncios, en pleno proceso electoral; el protagonista, que es el Gobierno provincial, y el tipo de beneficio que comprende a un colectivo definido.

El texto de la norma que prohíbe las acciones como las encaradas por Passalacqua señala:

Artículo 64 quáter: Publicidad de los actos de gobierno. Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan; expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.

Queda prohibido durante los quince (15) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.

 

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