POLÍTICA
Arde Iguazú: rechazaron a Llamas, hay conflicto de poderes y clima de intervención
POSADAS y PUERTO IGUAZÚ. Los concejales renovadores de Puerto Iguazú rechazaron el fallo judicial que ordenó la restitución de la banca a Gabriel Llamas (PRO), abriendo un conflicto de poderes que podría derivar en la intervención del municipio.
La decisión de la mayoría del parlamento municipal fue adoptada hoy en una sesión extraordinaria, en la que los cinco concejales del Frente Renovador de la Concordia optaron por incumplir el fallo; un radical apoyó la medida judicial y otra se abstuvo.
Llamas fue destituido a mediados de septiembre pasado, tras denunciar la intervención del intendente Claudio Filippa en un caso de ocupación ilegal de terrenos privados, para lo cual la mayoría puso en marcha el mecanismo con celeridad inusitada.
El afectado recurrió a la justicia en busca de amparo por cuanto se habrían obviado varios pasos formales en el proceso, donde obtuvo una respuesta a su favor, pero el Concejo apeló y la Cámara de Eldorado ratificó el fallo de primera instancia con un plazo perentorio.
En 48 horas, contados desde la notificación que se cumplió entre el lunes y martes pasados, Llamas debió ser reincorporado pero este paso no se concretó por cuanto los concejales en mayoría rechazaron el pronunciamiento judicial, en una tensa sesión (foto: El Independiente).
Cerca del mediodía, adherentes al intendente Filippa y militantes de Cambiemos protagonizaron incidentes en los alrededores del Concejo, donde más tarde se estaba realizando la convocatoria extraordinaria con la presencia de los siete concejales.
Al momento de la votación el presidente Juan José Raynoldi, Domingo Martínez, Ernesto Benítez, Lucio Shereiner y Héctor Lugo votaron por el rechazo del fallo; el radical Kevin Rodrigo Florentín apoyó la aceptación de la medida y Verónica Lunardi, reemplazante de Llamas, se abstuvo
En los fundamentos, los concejales señalaron que la destitución de Llamas “es una cuestión eminentemente política que corresponde exclusivamente al órgano legislativo municipal y de clara naturaleza administrativa y como tal el órgano correspondiente al tratamiento de dicho punto en caso de conflicto es el Superior Tribunal de Justicia de manera originaria, exclusiva y excluyente, conforme lo dispone el art. 145 de la Constitución Provincial”.
La decisión de los concejales en mayoría puso al parlamento y demás instituciones municipales en una situación de conflicto de poderes, al no acatar un fallo judicial, que podría resolver el Superior Tribunal de Justicia, no descartándose una intervención si se comprueban acciones contra derecho.
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