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La Cámara revocó la liberación de Rocío Santa Cruz y deberá volver a prisión

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Su defensa tenía preparado una apelación ante el Superior Tribunal. Este recurso demoró la aprehensión inmediata. Pero se estima que el STJ resolverá rápidamente. Y tendrá que esperar recluida la confirmación de su condena.

POSADAS. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial revocó el fallo de primera instancia que liberó a la ex modelo Rocío Santa Cruz, quien deberá volver a prisión mientras se resuelve otra apelación presentada por su defensa ante el Superior Tribunal de Justicia.

Santa Cruz se encuentra en libertad desde el pasado 6 de julio, después de 155 días de detención, cuando la jueza Georgina López Liva dio curso a un hábeas corpus a su favor, en una polémica decisión que expuso a la magistrada por prevaricato y desconocimiento del Derecho.

Ahora la Cámara declaró la nulidad de la decisión de López Liva por falta de notificación fiscal, al tiempo que dispuso la inmediata detención de la abogada de la AFIP, cuya defensa interpuso un recurso extraordinario que dejó en suspenso la aprehensión.

No obstante, surgieron fuertes rumores de que Santa Cruz podría volver a prisión en breve ya que el máximo tribunal de la Provincia resolvería en forma inmediata el caso.

En el pronunciamiento, la Cámara ordenó la nulidad “de todo lo actuado” por falta de participación del Ministerio Público Fiscal. Es decir que, queda nulo “el acto que ordenara la libertad de la condenada Santa Cruz y recobra plena vigencia la detención ordenada oportunamente”.

Santa Cruz dejó la alcaidía de mujeres el 6 de julio, adonde había ingresado en los primeros días de febrero, por violar la prohibición de salir del país que se le había impuesto con la condena de cuatro años de prisión por atropellar y matar a un motociclista a fines de enero de 2016.

A pesar de la prohibición, y mientras se analizaba la condena en ámbitos superiores de la Justicia misionera, la mujer viajó a Perú y fue citada en forma urgente, tras lo cual quedó detenida por el término de 155 días.

 

 

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