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Ley de Emergencia turística: qué beneficios otorga a empresas y viajeros
El Gobierno oficializó las medidas de asistencia para uno de los sectores más afectados por la pandemia. Promulgaron la ley de Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística Nacional, que establece una serie de beneficios para empresas del sector y consumidores. Apunta a asistir a uno de los rubros más perjudicados por las restricciones de la cuarentena por coronavirus.
La ley fue sancionada el 1° de septiembre por la Cámara de Diputados y fue publicada hoy en el Boletín Oficial a través del decreto 753/2020. Prorroga el reparto del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y las asistencias económicas a pequeñas y medianas empresas.
Dispone otros beneficios para las empresas como la reducción de contribuciones patronales, los planes de moratoria, la suspensión de embargos y la rebaja de alícuotas de la ley del cheque, como medidas de asistencia por fuerte caída de ingresos de las empresas por las restricciones que determinó el aislamiento.
También determina beneficios para los turistas que compren un paquete, ya que que recibirán un crédito de 50% de parte del Estado que podrán usar para ese viaje u otro que realicen a lo largo del 2021. Además de bonos vacacionales y un plan de devoluciones de servicios que no pudieron ser brindados.
Asistencias para las empresas
– Extensión del ATP desde el 1° de julio hasta el 31 de diciembre para actividades y rubros que se encuentren paralizados o que tengan una facturación inferior al 30%.
– Reducción del 95% del pago de contribuciones patronales.
– Salario complementario pagado por el Estado Nacional para los empleados en relación de dependencia del sector privado del 50% del salario neto.
– Facultación al jefe de Gabinete a establecer condiciones especiales para garantizar la continuidad de las fuentes de trabajo y de los emprendimientos turísticos, y a establecer una asistencia económica no reembolsable por un monto de hasta dos salarios mínimos.
– Prórroga por 180 días el vencimiento del pago de los impuestos existentes o a crearse que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias de las actividades alcanzadas por la ley, cuyos vencimientos operen hasta el 31 de diciembre.
– Suspensión por 180 días de la traba de cualquier medida cautelar a requerimiento de la AFIP o la ANSES.
– Instrucción al Banco Central a disponer líneas de crédito para los sujetos que se dedican a actividades turísticas y relacionadas con este rubro.
Beneficios para los consumidores
– Se establece un bono fiscal vacacional para las familias con ingresos mensuales no superen el equivalente a cuatro salarios mínimos, por única vez, para su uso dentro del país.
– Implementación de una preventa, reconocimiento por parte del Estado Nacional de un crédito a favor de las personas humanas. Será del 50% del monto de cada compra de servicios turísticos brindados dentro del país.
– Creación del programa “Turismo para personas mayores”, por el que el Estado aportará hasta el 21% de los paquetes turísticos.
– Programa de financiación de los paquetes turísticos de viajes de turismo estudiantil con destino nacional a través de una línea de crédito específica del Banco Nación.
– Establecimientos hoteleros de alojamiento temporario y empresas de transporte que se hayan visto afectados o impedidos de prestar los servicios contratados de manera directa por la pandemia podrán ofrecer opciones como reprogramación de los servicios contratados. Deberán respetar la calidad, estacionalidad y valores convenidos dentro de un período de 12 meses.
– También podrán entregar vouchers de servicios para ser utilizados hasta 12 meses posteriores al cese de la cuarentena o reintegrar el monto abonado mediante el pago de hasta seis cuotas iguales, mensuales y consecutivas con vencimiento dentro de los 60 días de recibida la solicitud de reembolso.
– Si el consumidor contrató servicios mediante intermediarios (agencias de viajes) podrá reprogramar sus viajes o recibir un voucher.
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