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El Gobierno controlará la cantidad de polvo y palo en envoltorios de yerba

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A través de la Resolución 379/2020, publicada hoy en el Boletín oficial, el Gobierno modificó la normativa vigente para controlar la calidad de la yerba mate canchada y a partir de ahora regulará la cantidad de palo y polvo que llega en cada paquete.

Los productores deberán informar la cantidad de palo de descarte que tienen en sus establecimientos y el destino que le dan al mismo, además de respetar algunos nuevos requerimientos y exigencias durante el proceso de comercialización.

“Todos los operadores que efectúen tareas de recepción, transporte y/o secado de hoja verde” de esta planta, “sea ésta de origen nacional o importada, independientemente de que la materia prima sea propia o de terceros” dice a la nueva reglamentación.

La yerba no puede “estar alterada” y tiene que “estar prácticamente libre de materias extrañas”, como “semillas, bayas y otros vegetales”. Por esta razón, las muestras tomadas tienen que arrojar en un examen de tamizado, ciertos porcentajes máximos y mínimos de algunos elementos.

Podra tener “palos de yerba mate sobre malla 5 mm. x 70 mm., un máximo de 5,00 %; volumen retenido por tamiz 420 mm, un mínimo de 88,0 % y bajo tamiz 420 mm (malla 40) (polvo de hoja y palo), un máximo de 7,00 por ciento”. En tanto, el “total de palo, incluida la fibra cruda”, no podrá superar el 35 por ciento.

 

 

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