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Declararon culpable al médico “provida” que se negó a realizar un aborto legal a víctima de abuso

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RÍO NEGRO. Leandro Rodríguez Lastra, el ginecólogo que se negó a practicarle un aborto no punible a una joven de 19 años, fue declarado culpable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Leandro Rodríguez Lastra está acusado de obstruir un aborto no punible a una joven de 19 años, víctima de violación, en 2017. Sin embargo, al menos por ahora, seguirá trabajando en el hospital de Cipolletti, pero en los próximos días se conocerá la pena, que puede ser de hasta dos años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina.

El juicio inició el 13 de mayo pasado y tuvo tres audiencias testimoniales y una de alegatos. El propio ginecólogo abrió y cerró el debate con sus palabras, mientras que la víctima declaró como testigo en la primera audiencia y a puertas cerradas. También declararon las médicas que escucharon a la joven reclamar la ILE -Interrupción Legal del Embarazo- en el Hospital y la diputada provincial Marta Milesi, entre otros.

La víctima de abuso ingresó el 2 de abril del 2017 al hospital cipoleño, luego de haber consumido pastillas de Oxaprost y con un proceso abortivo en curso. Días antes las profesionales del hospital de Fernández Oro, habían solicitado la derivación a Cipolletti para interrumpir el embarazo, pero el acusado exigió un informe psiquiátrico, un requisito no establecido en la ley, por lo que se interpretó como una negación a la asistencia sanitaria.

Tras consumir en forma particular las pastillas, la joven fue atendida, permaneció dos meses y medio internada en Cipolletti, a la espera de la ILE que nunca llegó. Luego fue sometida a una cesárea y el bebé dado en adopción de forma inmediata. Posteriormente, sufrió un daño irreparable en su psiquis, que la llevó a cuadros graves de anorexia nerviosa e intentos de suicidio.

Según expresó la legisladora Marta Milesi, quien impulsó la denuncia, la joven estuvo retenida contra su voluntad para que pueda dar a luz al bebé.

El juez Álvaro Meynet consideró que Rodríguez Lastra “nunca tuvo la intención, siquiera, de contemplar y efectuar la práctica que le reclamaba” la víctima de abuso sexual. “En todo momento mantuvo una actitud negadora de la práctica que se le demandaba, a la cual estaba obligado. Queda de lado toda conducta negligente, es una omisión que consiste en la inobservancia de la ley”, agregó.

Además Meynet señaló que el acusado no estaba inscripto en el registro de objetores de conciencia por lo que “puede inferirse que al menos a esa fecha no tenía una postura personal pública contraria a la práctica del aborto”. También consideró un agravante que Rodríguez Lastra “en momento alguno le informó convenientemente la invocada imposibilidad de realizar la práctica”.

Hay un claro indicio de mentira pues si bien el acusado dice que le informó a la paciente, esta lo niega rotundamente. Debo recordar que en la audiencia de formulación de cargos dijo no recordar preguntarle concretamente si quería realizarse la práctica”, consideró Meynet.

Quedó claro que ningún ciudadano puede colocar sus propias creencias por encima de las normas: las leyes están para cumplirse“, resumió el fiscal Santiago Márquez Gauna, según reproduce el diario Río Negro.

El médico llegó a juicio tras ser denunciado por la diputada provincial Marta Milesi (Juntos Somos Río Negro), médica pediatra y autora de la ley 4796 que regula y controla la atención sanitaria en casos de abortos no punibles.

 

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