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Controles de alcoholemia y drogas a policías y otras fuerzas federales
Un grupo especial podrá llegar sin previo aviso a dependencias y operativos y el control será obligatorio.
Los integrantes de las fuerzas de seguridad federales serán sometidos a controles antidoping y de alcoholemia en cualquier horario y sin previo aviso, según una resolución del Ministerio de Seguridad de la Nación publicada hoy en el Boletín Oficial.
La iniciativa está prevista en la resolución 507/2019, mediante la cual se crea la Unidad de Pruebas Toxicológicas (UPT), bajo la órbita de la Dirección de Prevención de la Corrupción y Ejecución de Pruebas de Integridad de la cartera de Seguridad.
Esa unidad realizará controles “de carácter obligatorio sobre el personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales para la detección de consumo de estupefacientes y alcohol”.
“Para el cumplimiento de su objetivo estará autorizada a toda hora y sin previo aviso a ingresar en cualquiera de las dependencias u operativos de despliegue de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales”, indica el artículo 2 de la resolución.
La disposición alcanza a los integrantes de la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval y Policía de Seguridad Aeroportuaria, quienes “deberán prestar plena colaboración y asistencia en los requerimientos” que le efectúen los miembros de la UPT.
Según se establece en el protocolo de actuación, quienes estén a cargo de los controles de alcoholemia y de estupefacientes “realizarán una selección aleatoria de los agentes que serán evaluados” y a tal fin “solicitarán listados del personal o bien recorrerán la dependencia u operativo eligiendo azarosamente a los agentes que se encuentren en sus puestos de trabajo”.
Además, podrán requerir a las autoridades responsables la presencia de aquellos agentes que hayan sido seleccionados a tal efecto pero que se encuentren de servicio fuera de la dependencia u operativo.
En caso de que alguno de los test arroje resultado positivo, se pondrá en conocimiento a las autoridades del área a la que pertenece el efectivo, quienes deberán “suspender inmediata y preventivamente toda actividad operativa del agente en cuestión, restringiendo así también el uso de armamento”.
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