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Garupá reglamenta la tenencia responsable de mascotas

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El Concejo Deliberante de Garupá aprobó la ordenanza 505, que reglamenta la tenencia responsable de las mascotas.

La medida fue publicado en el Boletín Oficial de la provincia el 1 de diciembre y cuenta con 28 ítems que especifican las obligaciones que tienen los dueños, propietarios o guardadores de los animalitos.

Entre ellos, se destaca que los responsables deberán resguardar la seguridad de sus mascotas evitando que salgan a la vía pública, para lo cual deberán tener un predio cerrado. Así también, la responsabilidad de sacar a pasear a los pichicus con correa y levantar sus heces.

“Quedan obligados al uso de correa y en el caso de ser necesario por cuestiones referidas de carácter del animal, collar de ahorque y bozal”, dice el texto de la ley.

Asimismo, el artículo 13 anuncia la creación del registro de canes en el municipio que será “permanente y actualizado”.

El empadronamiento de canes deberá permitir “a cualquier interesado consultar si un animal alojado en un determinado domicilio se encuentra registrado o no, posibilitar la ubicación de los animales potencialmente peligrosos y verificar el historial de infracciones a la presente ordenanza de los dueños, tenedores o guardadores de animales”, señala la normativa.

Además, contempla un Albergue Canino Municipal y la captura de canes que se encuentren en la calle y representen algún peligro para los vecinos.

“Los perros considerados abandonados o en situación de calle quedan expuestos a ser capturados por la administración municipal, debiendo estos quedar resguardados en el Albergue Canino Municipal. Las capturas se realizarán en forma selectiva, no indiscriminada, orientándose hacia animales que la comunidad reconozca como riesgosos. Los procesos de capturas deberán garantizar el menor daño posible sobre el animal”.

Con respecto a los perros que son capturados y sus dueños reclamen para tenerlos de vuelta, se contemplará el pedido “siempre y cuando exista autorización proveniente del Juzgado de Faltas local y una vez abonadas las multas administrativas vigentes”, reza la ordenanza.

 

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