LA REGIÓN
Arroyo Guazú: anulan el procesamiento a policías en la muerte del misionero
La Cámara de Apelaciones de Mercedes anuló el procesamiento a diez policías que esperaban ser juzgados por la muerte de Rogelio Schweig, de 47 años, el turista misionero que cayó al arroyo Guazú desde el puente que se había derrumbado cerca de Esquina debido a la falta de controles viales en 2017.
CORRIENTES. La Cámara de Apelaciones de la ciudad de Mercedes ordenó el envío del expediente nuevamente a Primera Instancia para que se analicen las responsabilidades de toda la cadena de mando de la fuerza de seguridad afectada al operativo vial.
La sentencia ordena el envío del expediente nuevamente a Primera Instancia para que se analicen las responsabilidades de toda la cadena de mando de la fuerza de seguridad provincial que intervino en ese operativo vial.
En la causa están imputados diez efectivos, aunque ningún oficial de alto rango, situación que fundamentó las presentaciones de los abogados defensores ante el tribunal de Alzada.
En respuesta a esto, la Cámara de Apelaciones emitió el pasado 20 de agosto al mediodía una resolución en la que se dio lugar a los planteos de los abogados defensores Jorge Montti y Javier Mosquera, representantes de los suboficiales que controlaban el tránsito sobre la Ruta Nacional 12 en el tramo desde Goya a San Isidro, el día en que Schweig cayó al vacío con su rodado y murió.
En este escrito “se declara la nulidad del auto de procesamiento”, por lo que se deberán analizar los hechos nuevamente en el Juzgado de Instrucción para determinar las responsabilidades en relación al suceso luctuoso.
Queda aún por conocer los fundamentos de esta resolución y se desconocen los alcances del fallo.
El abogado Jorge Montti había apelado los procesamientos ante la Cámara de Apelaciones de Mercedes por considerar que son incompletos, “faltó actividad investigativa y se obvió la responsabilidad de la superioridad policial y, sobre todo, de Vialidad Nacional”.
“En varios escritos sugerí la necesidad de exigir información fundamental por parte de la Unidad Regional II de la Policía y de parte de Vialidad Nacional referida a los protocolos de contingencia y de la cadena de órdenes que se debió realizar entre los oficiales y los suboficiales, porque esto no fue agregado al expediente”, explicó Montti al presentar la apelación.
Remarcó entonces que “nos encontramos con que la Justicia cortó el hilo por lo más fino, la lógica indica que la responsabilidad es desde la línea jerárquica”.
Respecto a la investigación, consideró que “llama la atención que haya una sola testimonial válida y que es la de la señora que acompañaba a la víctima, quien ratifica que desde Corrientes hasta el lugar del accidente ninguna autoridad policial le interrumpió el paso ni recibió advertencias, por lo que no hubo elementos de prevención ni de la Policía ni de Vialidad. No se cortó la ruta con medios idóneos.
Esa declaración hubiera sido suficiente para procesar a quien correspondiere, pero no a estos dos cabos”.
En cuanto a las declaraciones de los oficiales de alto rango de la Policía, sostuvo que “hay contradicciones” sobre “las responsabilidades respecto de la actividad preventiva. Cuando pedimos que se soliciten a la Unidad Regional las órdenes escritas a los subalternos, no se halló nada”.
En el caso hay 10 funcionarios policiales, suboficiales de distintos rangos, que habían sido procesados por el delito de “incumplimiento de los deberes de funcionario” por haber supuestamente evitado el control del tránsito en el tramo de la Ruta Nacional 12 entre la ciudad de Goya y el cauce del arroyo Guazú, entre las localidades de Esquina y San Isidro.
Además, dos de ellos fueron procesados con prisión preventiva acusados de “homicidio culposo”, debido a que se les endilga la responsabilidad directa en la caída al curso de agua del automóvil en el que viajaban Rogelio Schweig y su esposa, Elena Dzikosvski.
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