JUDICIALES

Comienzan los alegatos del juicio al represor Carlos Carvallo, en Paraná

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El expolicía, agente del batallón 601 del Ejército y locutor de FM Show de Posadas, está acusado de privación ilegítima de la libertad y torturas durante la última dictadura.

 

 

El juicio que se sigue en Paraná, Entre Ríos, al expolicía, agente del batallón 601 del Ejército y locutor de FM Show de Posadas, Carlos Carvallo, por el secuestro de un militante, entrará este miércoles en etapa de alegatos.
Carvallo está acusado de los delitos de privación ilegítima de la libertad y aplicación de tormentos contra el militante Manuel Ramat, quien fue secuestrado en 1976 (primero estuvo en la Jefatura de Policía en Paraná y luego en el centro clandestino de detención “El Brete”) y reconoció al expolicía como su captor.
Este proceso se trata de un desprendimiento de la megacausa Área Paraná y por lo tanto su proceso se desarrolló por escrito -por aplicación del antiguo Código de Procedimientos en Materia Penal-.
Sin embargo, a pedido de la querella, los alegatos serán orales y en forma pública, aunque de modo remoto por la vigencia de las restricciones sanitarias por la pandemia de coronavirus.
Carvallo estuvo prófugo de la Justicia durante cuatro años, luego de que la Justicia Federal de Paraná pidiera su captura nacional e internacional, y en 2018 fue capturado en Posadas, donde vivía recluido en la casa de una hermana.

Postergación

Los alegatos en la causa contra Carvallo estaban previstos para el pasado 25 de septiembre, pero fueron postergados a último momento para este miércoles por disposición del juez federal encargado de dictar sentencia, Pablo Seró.
La decisión se adoptó en línea con las partes que se manifestaron disconformes porque solamente tenían 10 minutos para exponer cada una, en una audiencia que se iba a realizar de modo remoto como consecuencia de la pandemia.
Según trascendió, el magistrado había otorgado tan escaso tiempo para alegar porque la audiencia se iba a realizar mediante la versión gratuita de la plataforma zoom, que apenas acepta reuniones de 40 minutos.
Ante esto se presentaron las partes acusatorias, quejándose por la imposibilidad de explayarse en una causa por delitos tan graves como son los de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura.

 

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