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Pese a la prescripción, podrán llevar a juicio al padrastro que abusó de ellas hace 25 años
BUENOS AIRES. Dos hermanas denunciaron que en 1993 cuando tenían 3 y 6 años, la pareja de su madre abusó de ambas por dos años. El delito prescribió porque fue hace 25 años, pero en un fallo inédito la Justicia les permitirá que se eleve a juicio.
Aunque la Justicia dictaminó que el delito había prescripto, ellas apelaron y ahora un tribunal falló que el hombre vaya a juicio sin posibilidad de ser condenado. Las hermanas forman parte de la Campaña Contra la Prescripción de los Delitos de Violencia Sexual, que busca equipararlos con la tortura y reclama una nueva ley de imprescriptibilidad para que casos parecidos al de ellas, puedan obtener condena aunque hayan pasado varias décadas.
En 1993, Victoria y Paula tenían 3 y 6 años y comenzaron a ser abusadas por el concubino de su madre. Estos abusos se extendieron por dos años hasta que pudieron hablar con su madre, quien únicamente echó al músico, que en la actualidad se dedica a la docencia. Luego en 2015, las hermanas efectuaron la denuncia, cuando ambas ya tenían más de treinta años.
Pese a las pericias psiquiátricas y psicológicas que confirmaron los abusos, el juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 30, declaró la prescripción, ya que se tuvo en cuenta la ley vigente a comienzos de los 90, y sobreseyó al acusado.
Luego la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó lo decidido por el juzgado, con similares argumentos. Contra esta resolución presentaron recursos de casación tanto el fiscal como las abogadas de las víctimas, Marina González Rodríguez y Andrea Forgueras.
El 18 de diciembre de 2018 la Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional dio a conocer un novedoso fallo. Dos de los jueces confirmaron que el delito había prescripto, pero uno de ellos, Pablo Jantus, votó en disidencia, concluyó que el delito no prescribió y que la causa debe continuar. Por ello se les concedió a las víctimas -aún cuando no vaya a haber una pena para el acusado-, la posibilidad de acceder a un “Juicio de la verdad” que permita investigar los hechos.
Como bien explica Clarín, antes de 2011, las víctimas de abusos tenían un plazo de doce años para denunciar. Ese mismo año se sancionó la “Ley Piazza”, que suspendía ese plazo hasta que las víctimas fueran mayores de edad (18 años). En 2015 se sancionó la ley 27.206, llamada “Ley de Imprescriptibilidad” y luego “Ley de respeto del tiempo de la víctima”. Lo cierto es que pese a que no hay plazos, esta ley sólo se tiene en cuenta con los abusos cometidos después de 2015.
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