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“Es la palabra del inspector contra la mía”, ¿zafas de multas con este argumento?
En materia de faltas de tránsito, la presunción de inocencia no existe. Y si quien labró el acta se equivocó, es el sancionado quien debe demostrarlo.
POSADAS. “¿Qué pruebas hay de que cometí la infracción?” “Es la palabra del agente de tránsito contra la mía”. “Quiero ver la foto”. “Mañana a un agente se le ocurre escribir que pasé diez veces en rojo y yo qué hago”.
Estos argumentos se escuchan todos los días en los juzgados de faltas de Posadas. Son de los infractores que, por desconocimiento de las normas o por estrategia para zafar, recitan estas fórmulas, fundadas en un supuesto sentido común general.
En esta nota se intentará explicar por qué cada una de estas afirmaciones no sirven para evitar una multa.
Que me lo demuestren. De acuerdo con la Ley de Procedimientos de Faltas, la denuncia de un agente de tránsito se considera prueba de la falta.
No se trata tan sólo de “su palabra”, sino de una constatación de una infracción por parte de un funcionario público.
Negar los hechos no alcanza. A diferencia de lo que ocurre en el Derecho Penal, en Faltas la presunción de inocencia no existe y es el denunciado quien tiene sobre sí la carga de la prueba: debe demostrar que no hizo lo que un agente dijo que hizo.
Para contradecir la palabra del agente hay que demostrar que cometió algún error. Por ejemplo, que puso mal la marca del auto, un lugar que no existe o hizo un acta por mal estacionamiento en una calle donde sí se puede estacionar.
La otra alternativa para cuestionar un acta es cuando el conductor tenía alguna justificación para cometer la falta. Como una franquicia de discapacitados, una urgencia médica acreditada o un desperfecto mecánico comprobado.
“Nunca me notificaron”. No recibir la citación es algo habitual, sobre todo si hay que notificar a vecinos de otras jurisdicciones.
Sin embargo, no es un argumento útil para que se archive la causa. Sirve, en cambio, para solicitar que se mantenga el descuento del 50% del pago voluntario y, en caso de que haya transcurrido el plazo necesario, para pedir la prescripción de la falta.
Siempre es aconsejable evitar sorpresas y chequear periódicamente la página de la Municipalidad de Posadas en http://sistema.posadas.gov.ar/mp_sistemas/autogestion/consultarmultadominio para verificar si hay infracciones pendientes.
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