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Abuso sexual en la infancia: La Justicia deberá investigar de oficio

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BUENOS AIRES. El Senado aprobó y convirtió en ley un proyecto para que los delitos contra la integridad sexual de menores sean de acción pública y dejen de ser de acción privada. Con esta modificación, los fiscales podrán investigar de oficio aunque la denuncia no haya sido ratificada por los padres o tutores del menor.

Con esta norma se modifica el artículo 72 del Código Penal que establecía que la investigación en torno a estos delitos solo se iniciaba -por ser un delito de acción privada- ante el pedido de la víctima o sus representantes -que, en muchos casos, son también sus padres y abusadores-. Sin embargo, con esta reforma del Código, si se conoce un hecho de abuso sexual, cualquier persona puede hacer la denuncia y el Estado está obligado a investigar los hechos denunciados, aún cuando no hayan sido ratificados por los tutores del niño, niña o adolescente.

El proyecto había sido presentado por la diputada Carla Carrizo en la Cámara baja y, tras la media sanción, había entrado a la Cámara alta. “Se trata de un gran paso para la infancia. El propósito es que los delitos no queden impunes y que el Estado actúe como responsable último del bienestar de los niños. El próximo paso es trabajar en protocolos y capacitaciones para operadores judiciales”, dijo Carrizo.

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), una de cada cinco niñas y uno de cada 13 niños sufren abuso sexual antes de los 18 años. Se denuncia aproximadamente el 10% de los casos y se condena menos del 1%. En el 90% de los casos, el abusador es alguno de sus familiares varones.

http://www.lavozdemisiones.com/2017/05/17/que-significa-que-ampliaron-la-figura-del-abuso-sexual-en-el-codigo-penal/

 

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